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Calle George W. Goethals,
#2268B, Balboa, Ancón
Apartado 5464, Balboa Ancón
Rep. de Panamá
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Teléfono: (507) 314-0015
Fax: (507) 314-0507
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Servicios
Locales
Litigios
Lambraño, Bultrón &
de la Guardia ofrece asesoría y representación en toda
clase de procesos judiciales ante el Organo Judicial panameño,
con amplia experiencia en las ramas de Derecho Civil, Comercial,
Laboral, Administrativo, Familia y Protección Industrial.
Nuestro equipo
legal está capacitado y posee conocimiento profundo del
procedimiento judicial en materia civil, ya sea en procesos ordinarios,
ejecutivos, recursos contencioso administrativos e incidencias que se
presenten dentro de los mismos.
Con la reforma
al Código Judicial introducida mediante la Ley 23 de 2001, se
busca agilizar el trámite de los procesos civiles, reduciendo
términos y eliminando resoluciones de mero procedimiento, por lo
que se espera que la administración ordinaria de justicia
más eficiente, lo que conlleva una agilidad en la
solución de los conflictos planteados.
Igualmente,
nuestra firma gestiona procesos de relativos a la propiedad industrial
e intelectual, ante la respectiva jurisdicción de comercio.
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Derecho Fiscal
Contamos con el apoyo de contadores lo que nos permite brindar a
nuestros clientes asesoría total en la preparación de las
declaraciones fiscales así como la mejor planeación de su
contabilidad a fin de obtener mayor beneficio de nuestra
legislación fiscal.
Brindamos
asesoría en la implementación de las leyes que establecen
incentivos fiscales a las diferentes actividades como lo son la
inversión en el área de la construcción,
inversión en desarrollos forestales y turísticos.
Entre nuestros
servicios se destacan: elaboración de estados financieros,
auditos, dictámenes de sus necesidades de controles internos,
así como asistencia en la implementación de estos y
asesoría fiscal.
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Derecho Laboral
Brindamos
asesoría en el manejo de esta materia, lo orientamos en materia
de contratos, reglamento interno y procesos judiciales en esta rama.
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Derecho Comercial
Incluimos servicios de
asesoría legal continua a nuestros clientes regulares
especialmente en materia de Contratos, Documentos Negociables y manejo
general del negocio.
Tenemos una
basta experiencia en el campo de las Cooperativas y las empresas
dedicadas a operaciones financieras.
Estos servicios
se complementan con la gestión y tramitación de Licencias
Comerciales, Permisos de Operación, autorizaciones municipales y
otros.
De igual forma
gestionamos Registros Sanitarios, protección industrial, marcas,
patentes y de trámites de registro de derecho de autor.
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Derecho Marítimo
Desde sus inicios como colonia, hasta la actualidad como Estado
independiente, Panamá ha estado vinculada a la actividad
marítima internacional. Su situación geográfica
privilegiada, enclavada en el medio del continente americano,
convertida en puente del comercio mundial y paso obligado de la marina
mercante con la construcción del Canal de Panamá a
principios de este siglo, con un extenso litoral y puertos importantes
tanto en el Océano Atlántico como en el Pacífico,
han propiciado el desarrollo de la República de Panamá
como un Centro Marítimo Internacional único en el mundo.
Paralelamente a su actividad marítima, Panamá sirve hoy
como Centro Financiero Internacional. Cerca de 110 bancos de diversas
nacionalidades, así como empresas de servicios internacionales,
fideicomisos, compañías aseguradoras y reaseguradoras se
han establecido en la República de Panamá.
Por cerca de 70
años la marina mercante panameña ha crecido al amparo de
una legislación flexible que ofrece incentivos al tráfico
marítimo. Esta legislación, junto a un sector profesional
especializado, ha convertido a la flota mercante panameña en la
flota mercante más grande del mundo.
Consecuencia
lógica de la vinculación de la República de
Panamá a la comunidad marítima internacional ha sido el
desarrollo de la jurisdicción marítima. Panamá
posee un Tribunal Marítimo especializado en conocer las causas
judiciales surgidas del tráfico, comercio y navegación
marítima. A partir del año de 1982 la República de
Panamá adopta una nueva legislación que permite a su
jurisdicción conocer, tramitar y decidir en forma armoniosa,
ágil, segura y eficaz los casos marítimos. Con
anterioridad al año 1982 los casos de naturaleza marítima
vinculados al Canal y los principales puertos eran conocidos por
juzgados norteamericanos. La Ley 8 de 1982, que crea la
jurisdicción marítima panameña, además de
contener normas procesales nacionales, mantiene un régimen
procesal influenciado por la legislación de Estados Unidos, Gran
Bretaña, Francia, Alemania, España y Argentina y permite
la aplicación de normas sustantivas de carácter
internacional.
Es
importante resaltar:
1. Los procesos
marítimos son orales, sin perjuicio de dejar constancia escrita
de lo actuado. Existe una audiencia preliminar donde el Juez
Marítimo examina las pruebas y conmina a las partes a llegar a
un entendimiento.
2. Es
válido el pacto previo de no secuestrar entre las partes.
3. El Tribunal
Marítimo y el Alguacil Ejecutor del Tribunal Marítimo
están accesibles durante las 24 horas del día, aún
en aquellos días inhábiles y se trabaja en estrecha
colaboración con las entidades administrativas y canaleras para
lograr el arresto de las naves cuyo secuestro se ha decretado y lograr
el levantamiento de las medidas decretadas en contra de las mismas.
4. Existen una
serie de normas de carácter internacional en el Código
Marítimo, que son aplicables dentro del proceso como normas
sustantivas que rigen la relación litigiosa. Entre ellas se
encuentran las normas jurídicas del país del registro de
la nave, del lugar donde se efectúe el embarque, donde embarquen
los pasajeros, del lugar del accidente o avería, entre otras, lo
que brinda muchísima flexibilidad a la solución de
conflictos por motivo del comercio marítimo internacional.
Registro
de Naves
Panamá ofrece instalaciones modernas y muchas ventajas en el
registro de naves. Durante los últimos setenta años, la
flota mercante de Panamá ha ocupado el primer lugar en tonelaje
bruto registrado, aumentando cada año.
En su
condición de Centro Financiero en Panamá no se grava el
ingreso derivado de fuentes externas y, por consiguiente, las naves no
pagan impuesto sobre la renta sobre las ganancias, los dividendos, las
ganancias retenidas ni los salarios de la tripulación.
Cabe agregar
también que en el Registro Público debe inscribirse la
información pertinente al propietario y a la hipoteca que pesa
sobre la nave. Estos registros ofrecen seguridad adicional a la
comunidad financiera y marítima.
No existen
restricciones en cuanto al anonimato o carácter nominal de los
propietarios y armadores o en cuanto al hecho de que la
administración de las naves se conduzca fuera de la
República de Panamá. Las naves por lo general se
registran como de propiedad de compañías, para lo cual la
sociedad panameña es la mejor opción al ofrecer
excelentes ventajas a sus propietarios.
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Derecho
Ambiental
El tema del medio ambiente es cada vez más importante en todas
las actividades que se pretendan realizar. Estamos calificados para
asesorar en la presentación de Estudios de Impacto Ambiental de
cualquier clase, contamos con los profesionales especialistas en la
materia, asegurando que además de cumplir con todos los
requisitos legales se cumpla con la parte técnica.
Hacemos todo el trámite desde la
coordinación en la elaboración del estudio hasta su
presentación y aprobación por parte de las autoridades
correspondientes
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Derecho Minero
Nuestra firma posee vasta experiencia en el manejo de concesiones con
el Estado. Trabajamos como abogados nacionales en el proyecto de
Reforma al Código de Recursos Minerales auspiciado por el Banco
Internacional junto con un grupo de abogados internacionales con
especialidades en derecho ambiental, derecho minero, derecho
internacional, participación comunitaria, economía, entre
otras.
El proyecto consiste en implementar una
legislación moderna y eficiente que atraiga la inversión
nacional e internacional en el sector minero y que a su vez se respeten
los derechos de las comunidades y el medio ambiente, asegurando que los
tramites se manejen de forma transparente y otorguen seguridad
jurídica a los inversionistas.
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Contratos Estatales
Durante los últimos años, Latinoamérica se ha
caracterizado por una marcada tendencia a la privatización de
empresas que brindaban servicios públicos y/o a la venta de
bienes privados del Estado. Panamá no escapó a esta
realidad.
A partir de 1994
se realizaró un alto número de privatizaciones, tales
como la de la telefonía, el servicio eléctrico y los
puertos. Quedan pendiente la privatización del Aeropuerto
Internacional y del Centro de Convenciones ATLAPA entre otras, que
ofrecen al empresario local y/o extranjero optar por inversiones
seguras y rentables.
Ofrecemos
asesoría y actualización sobre las posibilidades de
invertir en licitaciones, concesiones, contrataciones con la
Nación, explotación de las áreas revertidas con la
culminación de los tratados canaleros en 1999 y otros aspectos
que ofrecen nuevas oportunidades de inversiones en Panamá.
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Migración
y Extranjería:
En
los últimos cinco años, se ha visto en Panamá un
movimiento
sin precedentes en materia migratoria, alentado por la
expedición de nuevas
leyes que buscan atraer la inversión extranjera, la
estratégica posición del
país, la eficiente tecnología de comunicación
existente, los incentivos fiscales que se
proporcionan y
el inicio de la ampliación del Canal de Panamá. Ellos nos ha llevado a
especializarnos el
trámite y obtención de Visas corporativas de
trabajo, las que
pueden regirse por la ley general migratoria, o ser objeto de
tratamiento
especial en leyes apartes. Entre estas
tenemos:
Visas
Generales:
Visa
de Visitante Temporal como Técnico o Experto: Se concede al extranjero que venga a
Panamá a
prestar servicios en calidad de técnicos o expertos de una
empresa por el
término de un año, renovable hasta cinco.
Visa
de Visitante Temporal como
Gerente:
Se concede a aquellos ejecutivos con mando y dirección dentro de
la empresa.
Visa
de Visitante Temporal Especial: Se concede a aquellos extranjeros que sean
contratados como funcionarios ejecutivos de compañías
internacionales, para
trabajar en Panamá, cuyo salario, no sea menor de mil
dólares (US$1,000.00)
mensuales, que provenga de fuente extranjera y cuyas funciones se
perfeccionen
y tengan efecto fuera de Panamá. Se concede por un (1)
año, prorrogable por
períodos sucesivos de un (1) año cada vez, ampara a la
familia dependiente y el
salario así devengado está exento del impuesto sobre la
renta en Panamá.
Visas
Especiales:
Con
la implementación de leyes existentes y el advenimiento
de nuevas leyes especiales para incentivar la inversión
extranjera, se crean
colateralmente las siguientes Visas:
Visas
para las Zonas Procesadora para la Exportación. Creada mediante la Ley 25 de 1992 y
reformas, crea territorios especiales dentro
de Panamá para que las compañías se establezcan
para procesar, producir o
ensamblar bienes o servicios con la intención de exportarlos
fuera del país o
traspasarlos a otras zonas procesadoras.
Las visas otorgadas bajo esta
categoría son válidas por el término de la
contratación, a contrario de las visas generales que se otorgan
por un año
renovable.
Centro
de Llamadas: De acuerdo con la Ley 55 de 2001, los
incentivos
para las Zonas Procesadoras para la Exportación
son aplicables a los Centros de
Llamadas (Call Centers). A fin de poder
optar por los beneficios fiscales y migratorios de los centros de
llamadas,
ciertos requisitos hay que cumplir y obtener una concesión del
Estado para la
operación del centro.
Área
Económica Especial Panamá-Pacífico: La
antigua base aérea americana de Howard ha sido transformada a un
área especial
que provee exenciones fiscales a las compañías
allí instaladas. Dicha área
posee un régimen migratorio especial, con
visas emitidas por periodos de tres a
cinco años, dependiendo de la categoría de la visa. Se ha previsto la instalación de
oficinas de
Migración y el Ministerio de Trabajo para hacer expedito la
emisión de Visas y
Permisos de Trabajo.
Ciudad
del Saber: Es otra área especial,
creada en la ex-base de Clayton que posee un beneficio fiscal unido a
un régimen
migratorio especial. Se basa a un
acuerdo entre el Gobierno y la Fundación Ciudad
del Saber, con la intención de
atraer Universidades, centros para investigación
científica, tecnológica y
transferencia cultural del conocimiento en las actividades productivas,
educción superior, centro para capacitación de personal y
otros.
Producciones
Cinematográficas: En julio de 2007 se ha
implementado la ley que incentiva la realización de producciones
cinematográficas en Panamá, que contiene un
régimen especial migratorio para
las empresas e individuos que vengan a realizar dicha actividad en
Panamá.
Sede
Regionales de Empresas Multinacionales:
Promulgada a finales de agosto de 2007,
esta ley busca incentivar la
instalación en Panamá de sedes regionales de empresas
multinacionales, la
cuales desde nuestro país brinden servicios a otras
compañías fuera de Panamá
dentro del mismo grupo empresarial y/o ciertos servicios a clientes
establecidos fuera de nuestro país.
Brinda incentivos en materia fiscal y se
prevé un régimen especial de
Visas Permanentes con una vigencia hasta de 5 años (sin
necesidad de Permiso de
Trabajo) y de tres meses para ciertos técnicos.
Visas
de Inmigrante:
•
Son
considerados inmigrantes los extranjeros que adquieran voluntariamente
su domicilio
en territorio de la
República de Panamá, mediante el
cumplimiento de los
requisitos que establecen las leyes, entre otras, a través de
alguna de las
siguientes visas:
• Visa de inmigrante en calidad de inversionista: Se les concede a
aquellos
extranjeros que traigan a la República de Panamá
capital propio para establecerse en
actividades comerciales, financieras o industriales, cuyo ejercicio no
haya
sido limitado por la Ley
exclusivamente a los nacionales panameños.
• Visa de inmigrante en calidad de cónyuge de nacional
panameño: Los
extranjeros que se casen con nacional panameño podrán
solicitar la visa
inmigrante. Esta es concedida por un período provisional de un
(1) año, una vez
vencido, se concede la permanencia definitiva. Tres (3) años a
partir de la
permanencia definitiva tiene derecho a optar por la nacionalidad
panameña.
Además
de las visas enunciadas que son las
comunes el Departamento de Migración concede las siguientes:
•
Turistas
• Transeúntes
• Viajero en Tránsito
• Turista Pensionado
• Visa de Residente Temporal
La
visa de Turista Pensionado
además ofrece al residente en Panamá ciertas exenciones
fiscales y beneficio en
el traslado de su equipaje y menaje a nuestro país. |
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