Lambraño, Bultrón & de la Guardia
English

Calle George W. Goethals, #2268B, Balboa, Ancón
Apartado 5464, Balboa Ancón
Rep. de Panamá

info@lbg-law.com

Teléfono: (507) 314-0015
Fax: (507) 314-0507







Servicios Locales

Litigios Derecho Marítimo
Derecho Fiscal Derecho Ambiental
Derecho Laboral Derecho Minero
Derecho Comercial Contratos Estatales
Migración y Extranjería  


Litigios
Lambraño, Bultrón & de la Guardia ofrece asesoría y representación en toda clase de procesos judiciales ante el Organo Judicial panameño, con amplia experiencia en las ramas de Derecho Civil, Comercial, Laboral, Administrativo, Familia y Protección Industrial.

Nuestro equipo legal está capacitado y posee conocimiento profundo del procedimiento judicial en materia civil, ya sea en procesos ordinarios, ejecutivos, recursos contencioso administrativos e incidencias que se presenten dentro de los mismos.

Con la reforma al Código Judicial introducida mediante la Ley 23 de 2001, se busca agilizar el trámite de los procesos civiles, reduciendo términos y eliminando resoluciones de mero procedimiento, por lo que se espera que la administración ordinaria de justicia más eficiente, lo que conlleva una agilidad en la solución de los conflictos planteados.

Igualmente, nuestra firma gestiona procesos de relativos a la propiedad industrial e intelectual, ante la respectiva jurisdicción de comercio.

arriba

Derecho Fiscal
Contamos con el apoyo de contadores lo que nos permite brindar a nuestros clientes asesoría total en la preparación de las declaraciones fiscales así como la mejor planeación de su contabilidad a fin de obtener mayor beneficio de nuestra legislación fiscal.

Brindamos asesoría en la implementación de las leyes que establecen incentivos fiscales a las diferentes actividades como lo son la inversión en el área de la construcción, inversión en desarrollos forestales y turísticos.

Entre nuestros servicios se destacan: elaboración de estados financieros, auditos, dictámenes de sus necesidades de controles internos, así como asistencia en la implementación de estos y asesoría fiscal.

arriba
Derecho Laboral
Brindamos asesoría en el manejo de esta materia, lo orientamos en materia de contratos, reglamento interno y procesos judiciales en esta rama.

arriba
Derecho Comercial
Incluimos servicios de asesoría legal continua a nuestros clientes regulares especialmente en materia de Contratos, Documentos Negociables y manejo general del negocio.

Tenemos una basta experiencia en el campo de las Cooperativas y las empresas dedicadas a operaciones financieras.

Estos servicios se complementan con la gestión y tramitación de Licencias Comerciales, Permisos de Operación, autorizaciones municipales y otros.

De igual forma gestionamos Registros Sanitarios, protección industrial, marcas, patentes y de trámites de registro de derecho de autor.

arriba
Derecho Marítimo
Desde sus inicios como colonia, hasta la actualidad como Estado independiente, Panamá ha estado vinculada a la actividad marítima internacional. Su situación geográfica privilegiada, enclavada en el medio del continente americano, convertida en puente del comercio mundial y paso obligado de la marina mercante con la construcción del Canal de Panamá a principios de este siglo, con un extenso litoral y puertos importantes tanto en el Océano Atlántico como en el Pacífico, han propiciado el desarrollo de la República de Panamá como un Centro Marítimo Internacional único en el mundo.

Paralelamente a su actividad marítima, Panamá sirve hoy como Centro Financiero Internacional. Cerca de 110 bancos de diversas nacionalidades, así como empresas de servicios internacionales, fideicomisos, compañías aseguradoras y reaseguradoras se han establecido en la República de Panamá.

Por cerca de 70 años la marina mercante panameña ha crecido al amparo de una legislación flexible que ofrece incentivos al tráfico marítimo. Esta legislación, junto a un sector profesional especializado, ha convertido a la flota mercante panameña en la flota mercante más grande del mundo.

Consecuencia lógica de la vinculación de la República de Panamá a la comunidad marítima internacional ha sido el desarrollo de la jurisdicción marítima. Panamá posee un Tribunal Marítimo especializado en conocer las causas judiciales surgidas del tráfico, comercio y navegación marítima. A partir del año de 1982 la República de Panamá adopta una nueva legislación que permite a su jurisdicción conocer, tramitar y decidir en forma armoniosa, ágil, segura y eficaz los casos marítimos. Con anterioridad al año 1982 los casos de naturaleza marítima vinculados al Canal y los principales puertos eran conocidos por juzgados norteamericanos. La Ley 8 de 1982, que crea la jurisdicción marítima panameña, además de contener normas procesales nacionales, mantiene un régimen procesal influenciado por la legislación de Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia, Alemania, España y Argentina y permite la aplicación de normas sustantivas de carácter internacional.

Es importante resaltar:
1. Los procesos marítimos son orales, sin perjuicio de dejar constancia escrita de lo actuado. Existe una audiencia preliminar donde el Juez Marítimo examina las pruebas y conmina a las partes a llegar a un entendimiento.

2. Es válido el pacto previo de no secuestrar entre las partes.

3. El Tribunal Marítimo y el Alguacil Ejecutor del Tribunal Marítimo están accesibles durante las 24 horas del día, aún en aquellos días inhábiles y se trabaja en estrecha colaboración con las entidades administrativas y canaleras para lograr el arresto de las naves cuyo secuestro se ha decretado y lograr el levantamiento de las medidas decretadas en contra de las mismas.

4. Existen una serie de normas de carácter internacional en el Código Marítimo, que son aplicables dentro del proceso como normas sustantivas que rigen la relación litigiosa. Entre ellas se encuentran las normas jurídicas del país del registro de la nave, del lugar donde se efectúe el embarque, donde embarquen los pasajeros, del lugar del accidente o avería, entre otras, lo que brinda muchísima flexibilidad a la solución de conflictos por motivo del comercio marítimo internacional.

Registro de Naves
Panamá ofrece instalaciones modernas y muchas ventajas en el registro de naves. Durante los últimos setenta años, la flota mercante de Panamá ha ocupado el primer lugar en tonelaje bruto registrado, aumentando cada año.

En su condición de Centro Financiero en Panamá no se grava el ingreso derivado de fuentes externas y, por consiguiente, las naves no pagan impuesto sobre la renta sobre las ganancias, los dividendos, las ganancias retenidas ni los salarios de la tripulación.

Cabe agregar también que en el Registro Público debe inscribirse la información pertinente al propietario y a la hipoteca que pesa sobre la nave. Estos registros ofrecen seguridad adicional a la comunidad financiera y marítima.

No existen restricciones en cuanto al anonimato o carácter nominal de los propietarios y armadores o en cuanto al hecho de que la administración de las naves se conduzca fuera de la República de Panamá. Las naves por lo general se registran como de propiedad de compañías, para lo cual la sociedad panameña es la mejor opción al ofrecer excelentes ventajas a sus propietarios.

arriba
Derecho Ambiental
El tema del medio ambiente es cada vez más importante en todas las actividades que se pretendan realizar. Estamos calificados para asesorar en la presentación de Estudios de Impacto Ambiental de cualquier clase, contamos con los profesionales especialistas en la materia, asegurando que además de cumplir con todos los requisitos legales se cumpla con la parte técnica.

Hacemos todo el trámite desde la coordinación en la elaboración del estudio hasta su presentación y aprobación por parte de las autoridades correspondientes

arriba
Derecho Minero
Nuestra firma posee vasta experiencia en el manejo de concesiones con el Estado. Trabajamos como abogados nacionales en el proyecto de Reforma al Código de Recursos Minerales auspiciado por el Banco Internacional junto con un grupo de abogados internacionales con especialidades en derecho ambiental, derecho minero, derecho internacional, participación comunitaria, economía, entre otras.

El proyecto consiste en implementar una legislación moderna y eficiente que atraiga la inversión nacional e internacional en el sector minero y que a su vez se respeten los derechos de las comunidades y el medio ambiente, asegurando que los tramites se manejen de forma transparente y otorguen seguridad jurídica a los inversionistas.

arriba
Contratos Estatales
Durante los últimos años, Latinoamérica se ha caracterizado por una marcada tendencia a la privatización de empresas que brindaban servicios públicos y/o a la venta de bienes privados del Estado. Panamá no escapó a esta realidad.

A partir de 1994 se realizaró un alto número de privatizaciones, tales como la de la telefonía, el servicio eléctrico y los puertos. Quedan pendiente la privatización del Aeropuerto Internacional y del Centro de Convenciones ATLAPA entre otras, que ofrecen al empresario local y/o extranjero optar por inversiones seguras y rentables.

Ofrecemos asesoría y actualización sobre las posibilidades de invertir en licitaciones, concesiones, contrataciones con la Nación, explotación de las áreas revertidas con la culminación de los tratados canaleros en 1999 y otros aspectos que ofrecen nuevas oportunidades de inversiones en Panamá.

arriba

Migración y Extranjería:

En los últimos cinco años, se ha visto en Panamá un movimiento sin precedentes en materia migratoria, alentado por la expedición de nuevas leyes que buscan atraer la inversión extranjera, la estratégica posición del país, la eficiente tecnología de comunicación existente,  los incentivos fiscales que se proporcionan y el inicio de la ampliación del Canal de Panamá.    Ellos nos ha llevado a especializarnos el trámite y obtención de Visas corporativas de trabajo, las que pueden regirse por la ley general migratoria, o ser objeto de tratamiento especial en leyes apartes.  Entre estas tenemos:

Visas Generales:

Visa de Visitante Temporal como Técnico o Experto:  Se concede al extranjero que venga a Panamá a prestar servicios en calidad de técnicos o expertos de una empresa por el término de un año, renovable hasta cinco.

Visa de Visitante Temporal como Gerente: Se concede a aquellos ejecutivos con mando y dirección dentro de la empresa.

Visa de Visitante Temporal Especial:  Se concede a aquellos extranjeros que sean contratados como funcionarios ejecutivos de compañías internacionales, para trabajar en Panamá, cuyo salario, no sea menor de mil dólares (US$1,000.00) mensuales, que provenga de fuente extranjera y cuyas funciones se perfeccionen y tengan efecto fuera de Panamá. Se concede por un (1) año, prorrogable por períodos sucesivos de un (1) año cada vez, ampara a la familia dependiente y el salario así devengado está exento del impuesto sobre la renta en Panamá.

 

 

Visas Especiales: 

 

Con la implementación de leyes existentes y el advenimiento de nuevas leyes especiales para incentivar la inversión extranjera, se crean colateralmente las siguientes Visas:

 

Visas para las Zonas Procesadora para la Exportación.  Creada mediante la Ley 25 de 1992 y reformas, crea territorios especiales dentro de Panamá para que las compañías se establezcan para procesar, producir o ensamblar bienes o servicios con la intención de exportarlos fuera del país o traspasarlos a otras zonas procesadoras.  Las visas otorgadas bajo esta categoría son válidas por el término de la contratación, a contrario de las visas generales que se otorgan por un año renovable.

 

Centro de Llamadas:  De acuerdo con la Ley 55 de 2001, los incentivos para las Zonas Procesadoras para la Exportación son aplicables a los Centros de Llamadas (Call Centers).  A fin de poder optar por los beneficios fiscales y migratorios de los centros de llamadas, ciertos requisitos hay que cumplir y obtener una concesión del Estado para la operación del centro.

 

Área Económica Especial Panamá-Pacífico:  La antigua base aérea americana de Howard ha sido transformada a un área especial que provee exenciones fiscales a las compañías allí instaladas.  Dicha área posee un régimen migratorio especial,  con visas emitidas por periodos de tres a cinco años, dependiendo de la categoría de la visa.  Se ha previsto la instalación de oficinas de Migración y el Ministerio de Trabajo para hacer expedito la emisión de Visas y Permisos de Trabajo.

 

Ciudad del Saber:  Es otra área especial, creada en la ex-base de Clayton que posee un beneficio fiscal unido a un régimen migratorio especial.  Se basa a un acuerdo entre el Gobierno y la Fundación Ciudad del Saber, con la intención de atraer Universidades, centros para investigación científica, tecnológica y transferencia cultural del conocimiento en las actividades productivas, educción superior, centro para capacitación de personal y otros.

 

Producciones Cinematográficas:  En julio de 2007 se ha implementado la ley que incentiva la realización de producciones cinematográficas en Panamá, que contiene un régimen especial migratorio para las empresas e individuos que vengan a realizar dicha actividad en Panamá.

 

Sede Regionales de Empresas Multinacionales:  Promulgada a finales de agosto de 2007, esta ley busca incentivar la instalación en Panamá de sedes regionales de empresas multinacionales, la cuales desde nuestro país brinden servicios a otras compañías fuera de Panamá dentro del mismo grupo empresarial y/o ciertos servicios a clientes establecidos fuera de nuestro país.  Brinda incentivos en materia fiscal y se prevé un régimen especial de Visas Permanentes con una vigencia hasta de 5 años (sin necesidad de Permiso de Trabajo) y de tres meses para ciertos técnicos.

Visas de Inmigrante:

• Son considerados inmigrantes los extranjeros que adquieran voluntariamente su domicilio en territorio de la República de Panamá, mediante el cumplimiento de los requisitos que establecen las leyes, entre otras, a través de alguna de las siguientes visas:
• Visa de inmigrante en calidad de inversionista: Se les concede a aquellos extranjeros que traigan a la República de Panamá capital propio para establecerse en actividades comerciales, financieras o industriales, cuyo ejercicio no haya sido limitado por la Ley exclusivamente a los nacionales panameños.
• Visa de inmigrante en calidad de cónyuge de nacional panameño: Los extranjeros que se casen con nacional panameño podrán solicitar la visa inmigrante. Esta es concedida por un período provisional de un (1) año, una vez vencido, se concede la permanencia definitiva. Tres (3) años a partir de la permanencia definitiva tiene derecho a optar por la nacionalidad panameña.

 

Además de las visas enunciadas que son las comunes el Departamento de Migración concede las siguientes:

• Turistas
• Transeúntes
• Viajero en Tránsito
• Turista Pensionado
• Visa de Residente Temporal

La visa de Turista Pensionado además ofrece al residente en Panamá ciertas exenciones fiscales y beneficio en el traslado de su equipaje y menaje a nuestro país.
arriba
Lambraño, Bultrón & de la Guardia
Abogados - Lawyers